Corte Suprema dicta sentencia definitiva en caso de secuestros y homicidio calificados perpetrado en Pitrufquén en 1973
La Corte Suprema dictó sentencia definitiva en la investigación por el secuestro calificado de Einar Tenorio Fuentes, Luis Calfuquir Villalón y el homicidio calificado de Osvaldo Burgos Lavoz, ocurridos a partir del 15 de septiembre de 1973, en la localidad de Pitrufquén, Región de la Araucanía.
En fallo dividido (en causa rol 5233-2008), los ministros Nibaldo Segura, Rubén Ballesteros, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller y el abogado integrante Nelson Pozo determinaron las siguientes sanciones:
–Carlos Moreno Mena: 729 días de presidio por el secuestro de Einar Tenorio Fuentes, y 3 años y un día de presidio por el homicidio calificado de Osvaldo Burgos Lavoz. Se concedió el beneficio de la libertad vigilada.
–Reinaldo Lukowiak Luppy: 3 años y un día de presidio por los secuestros de Einar Tenorio Fuentes y Luis Calfuquir Villalón. Se concedió el beneficio de la libertad vigilada.
–Hugo Nibaldo Catalán Lagos: 729 días de presidio por el secuestro de Luis Calfuquir Villalón, y 3 años y un día de presidio por el homicidio de Osvaldo Burgos Lavoz. Se concedió el beneficio de la libertad vigilada.
–Domingo Silva Soto: 729 días de presidio por el secuestro de Luis Calfuquir Villalón, y 3 años y un día de presidio por el homicidio de Osvaldo Burgos Lavoz. Se concedió el beneficio de la libertad vigilada.
–Germán Fernández Torres: 729 días de presidio por el secuestro de Luis Calfuquir Villalón. Se concedió el beneficio de la remisión condicional de la pena.
–Nadir Guzmán Pincheira: 200 días de presidio como encubridor del homicidio de Osvaldo Burgos Lavoz. Se condenó de la remisión condicional de la pena.
–Heriberto Babileck Druding: 200 días de presidio como encubridor del homicidio de Osvaldo Burgos Lavoz. Se concedió el beneficio de la remisión condicional de la pena.
En el aspecto civil, se condenó al Fisco de Chile a pagar $ 75.000.000 (setenta y cinco millones de pesos) a Verónica Tenorio Aguilera, hija de Einar Tenorio Fuentes, como indemnización por daño moral.
En el aspecto penal, la decisión se adoptó con el voto en contra de los ministros Segura y Ballesteros, quienes fueron de la idea de acoger la figura de la prescripción de la acción penal; en tanto, en el aspecto civil, los mismos ministros determinaron rechazar el pago y acoger la excepción de incompetencia del tribunal.