Corte Suprema y Corte de Apelaciones de Santiago dictan condenas en causas de derechos humanos
La Corte Suprema y la Corte de Apelaciones de Santiago dictaron sentencias en dos procesos ligados a violaciones de derechos humanos, cometidas en el país luego del 11 de septiembre de 1973, determinando sanciones en procesos tramitados por ministros en visita.
En fallo dividido, la Segunda Sala del máximo tribunal del país (en causa rol 3807-2009) dictó sentencia en la investigación por el secuestro calificado de Ariel Danton Santibáñez Estay, ocurrido a partir el 13 de noviembre de 1974, y que tramitó el ministro Juan Eduardo Fuentes Belmar.
Los ministros Jaime Rodríguez, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller y el abogado integrante Nelson Pozo adoptaron el acuerdo de mayoría, con el voto en contra del ministro Rubén Ballesteros, quien estuvo por acoger la prescripción de la acción penal. Las sanciones adoptadas fueron:
–Manuel Contreras Sepúlveda: 3 años de presidio. Se concedió el beneficio de la remisión condicional de la pena.
–Marcelo Moren Brito: 3 años de presidio. Se concedió el beneficio de la remisión condicional de la pena.
–Ricardo Lawrence Mires: 3 años de presidio. Se concedió el beneficio de la remisión condicional de la pena.
En tanto, en fallo unánime de la Cuarta Sala del tribunal de alzada capitalino (en causa rol 2084-2008) se dictó sentencia en la investigación del denominado “Episodio Linares”, que instruyó el ministro Alejandro Solís, y que se refiere a nueve casos de secuestro calificado, cometidos en la ciudad de la Región del Maule.
Los ministro Juan Escobar, Adelita Ravanales y Pilar Aguayo determinaron las siguientes sanciones:
–Juan Morales Salgado: 15 años de presidio, sin beneficios.
–Gabriel del Río Espinoza: 5 años y un día de presidio, sin beneficios.
–Claudio Lecaros Carrasco: 5 años y un día de presidio, sin beneficios.
–Félix Cabezas Salazar: 5 años y un día de presidio, sin beneficios.
–Antonio Aguilar Barrientos: 5 años y un día de presidio, sin beneficios.
–Humberto Julio Reyes: 3 años y un día de presidio, se concedió el beneficio de la libertad vigilada.
A los condenados se les atribuyen responsabilidades en los secuestros calificados de Arturo Enrique Riveros Blanco, Jaime Bernardo Torres Salazar, Jorge Bernabé Yáñez Olave, José Saavedra Betancourt, José Gabriel Campos Morales, María Isabel Beltrán Sánchez, Anselmo Cancino Aravena, Héctor Hernán Contreras Cabrera y Alejandro Robinson Mella Flores, ocurridos entre septiembre y diciembre de 1973.