Acuerdos de Pleno de la Corte Suprema

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Acuerdos de Pleno de la Corte Suprema

 

Reunido el Pleno de la Corte Suprema –el viernes 13 de marzo de 2009-, los ministros integrantes abordaron los siguientes  puntos que pueden resultar de interés público:

1.- Se elaboró terna para proveer cargo de fiscal de la Corte de Apelaciones de Rancagua en vacante producida por promoción de Carlos Farías Pino. La terna quedó compuesta por:
-Roberto Cociña Gallardo: Juez del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua.
-Marcia Undurraga Jensen: Juez del Tercer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.
-Dora Mondaca Rosales: Juez del Tercer Juzgado Civil de Santiago.

2.- Se elaboró terna para proveer el cargo de ministro de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt en vacante producida por renuncia voluntaria de la ministra Sylvia Aguayo Vicencio. La terna quedó conformada por:
-Leopoldo Vera Muñoz: Juez del Tribunal Oral en lo Penal de Temuco.
-Dora Mondaca Rosales: Juez del Tercer Juzgado Civil de Santiago.
-Samuel Muñoz Weisz: Juez del Tribunal Oral en lo Penal de Valdivia.

3.- Se tomó conocimiento de lo informado por el presidente de la Corte Suprema, Urbano Marín Vallejo, en orden a que la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin) declaró en condición de salud irrecuperable al ministro del máximo tribunal Orlando Álvarez Hernández. De acuerdo a lo previsto en la ley para estos casos, se otorgará al alto magistrado licencia médica por 6 meses, tras lo cual el cargo quedará vacante. El señor Álvarez fue elegido como ministro en el cupo de abogado externo, por lo que durante septiembre de 2009 se estará en condiciones de elaborar una cinquena para la elección de su reemplazante.

Al respecto el vocero de la Corte Suprema, ministro Milton Juica Arancibia, aseguró que la ley establece una serie de trámites para la declaración de salud irrecuperable de un cargo público, los que se cumplieron en el caso del ministro Álvarez.
“(La declaración de salud irrecuperable) es un trámite necesario (para determinar la vacancia), porque es un derecho laboral y permite una mejor jubilación. Las personas enfermas que salen del sistema de administración del Estado tienen una mejor jubilación cuando salen por enfermedades graves, como cáncer u otras cosas. Pero eso no ocurre (sólo) en el Poder Judicial, es un derecho de todo chileno (…) Es un derecho que ejerció y creo que cualquiera persona enferma, sobre todo en la situación financiera y económica que tienen los enfermos en el país,  haga uso de todos sus derechos”.

4.- Se analizó presentación del abogado Nelson Caucoto Pereira, de la Oficina de Derechos Humanos de la Corporación de Asistencia Judicial de Santiago, mediante la cual exponía situación respecto de tramitación de recursos de amparo de internos de distintos penales en la Corte de Apelaciones de Santiago. Se acordó instruir al tribunal de alzada respectivo realice la tramitación completa del recurso de amparo y no, como ocurre hasta hora, que declara inadmisible la presentación.

5.- Se tomó  conocimiento del informe del Consejo de Administración de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) mediante el cual se informó del dictamen de la entidad ante la presentación del Colegio de Abogados respecto de la institución del “abogado de turno”. Frente a lo anterior, sólo se tomó conocimiento por tratarse de un tema ajeno a su competencia y resolución.

Además, el vocero de la Corte Suprema fue consultado respecto de la postura del Pleno del máximo tribunal si la condición sexual es condicionante al momento de determinar el cuidado personal de un menor de edad, en relación al caso de un padre homosexual a quien la madre le cedió la tuición de los hijos. Al respecto el ministro Juica  aseveró: “El Pleno de la Corte Suprema no tiene ninguna postura y no corresponde que tenga postura sobre asuntos de tipo valórico, porque es un asunto que debe ser resuelto por instancias judiciales. En esta materia los tribunales de justicia no hacen opiniones previas respecto de asuntos tan delicados. El asunto puede ser conocido por la Corte Suprema, en ese momento se entregará la opinión jurídica, pero no podemos dar una opinión valórica del tema”.

El ministro Juica agregó: “Nosotros (la Corte Suprema) no estamos en condiciones de inmiscuirnos en un tema jurisdiccional. Nosotros no damos opiniones sobre ese tema, habiendo un asunto pendiente ante los tribunales, los jueces no pueden opinar sobre un tema. Esperemos que resuelvan los jueces, y los jueces resuelven de acuerdo a los antecedentes que hay en la causa. No de lo que no existe en la causa”.

Además, el ministro Juica fue consultado de la opinión de la Corte Suprema respecto de establecer un límite de edad a los jueces de policía local. Al respecto informó que en los próximos días se emitirá un pronunciamiento público del tema, ya que el tema se encuentra “en acuerdo” por el Pleno.