Ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago Omar Astudillo dicta condena de primera instancia en denominado caso EFE

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Ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago Omar Astudillo dicta condena de primera instancia en denominado caso EFE

 

El  ministro en visita Omar Astudillo Contreras dictó sentencia de primera instancia en uno de los capítulos de la investigación que sigue por irregularidades detectadas en la Empresa de Ferrocarriles del Estado (EFE), luego de ser designado para instruir el proceso.

El magistrado determinó dictar sentencia en el Cuaderno 10 de la investigación referido a Venta de Materiales y Repuestos realizados en la mencionada empresa.

Astudillo determinó las penas que se detallan a continuación:

CLAUDIO MANUEL CARREÑO ROSALES, en su condición de autor del delito de fraude al fisco, a la pena de seiscientos días de presidio menor en su grado medio; a la de inhabilitación especial perpetua para cargos u oficios públicos; al pago de una multa equivalente al veinte por ciento (20%) del monto de lo defraudado, esto es, la suma de $16.139.684; a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena; y al pago de un tercio de las costas de la causa.
No se concedieron beneficios alternativos de la Ley 18.216;

JOSÉ BERNARDO MUÑOZ CÉSPEDES, en calidad de autor del delito de estafa en perjuicio del Fisco de Chile, a la pena de cuatro años  de presidio menor en su grado máximo; al pago de una multa de veinticinco (25) Unidades Tributarias Mensuales; a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y a la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena; y al pago de un tercio de las costas de la causa.
Se concedió el beneficio de la libertad vigilada;

MARCO AURELIO ENCINA VEAS, en su carácter de autor del delito de estafa en perjuicio del Fisco de Chile, a la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo; al pago de una multa de veintiuna (21) Unidades Tributarias Mensuales; a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena; y al pago de un tercio de las costas de la causa.
Se concedió el beneficio de la remisión condicional de la pena.

En tanto, el magistrado absolvió a los acusados Carreño Rosales y Encina Veas, de los cargos formulados en su contra como presuntos autores de los delitos de cohecho agravado y soborno, respectivamente.
 
En el aspecto civil, se acogió la demanda interpuesta por el Fisco de Chile y se condenó a los demandados Claudio Manuel Carreño Rosales, Marco Aurelio Encina Veas y José Bernardo Muñoz Céspedes, a pagar en forma solidaria al Fisco de Chile, la suma de $80.698.421, con reajustes, intereses y costas.