Cortes de Apelaciones de Antofagasta y Santiago dictan condenas en casos de violaciones a los DD.HH.

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Cortes de Apelaciones de Antofagasta y Santiago dictan condenas en casos de violaciones a los DD.HH.

 

Dos cortes de apelaciones del país dictaron sentencias en investigaciones por violaciones a los derechos humanos ocurridas en las regiones de Antofagasta y Metropolitana, entre el 11 de septiembre de 1973 y el 11 de marzo de 1990.

En el primer caso, la Corte de Apelaciones de Antofagasta confirmó la sentencia por el homicidio calificado de Juan Matulic Infante, ocurrido el 16 de octubre de 1973 en esa ciudad.

En fallo unánime (causa rol 35-2008), los ministros Enrique Álvarez, Marta Carrasco y el abogado integrante Bernardo Julio, ratificaron la sentencia de la ministra en visita Rosa María Pinto, quien -el 29 de noviembre de 2007- había determinado las siguientes condenas:

Rómulo Enrique Galleguillos Pangue: 6 años de presidio efectivo por su responsabilidad como autor de  homicidio.
Osvaldo Arriagada Pazmiño: 3 años de presidio efectivo por su responsabilidad como encubridor de homicidio.

En el  segundo fallo, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la condena por el secuestro calificado de Álvaro Barrios Duque, ocurrido a partir del 14 de agosto de 1974, en la Región Metropolitana.

En fallo unánime (causa rol 4362-2008), los ministros de la Séptima Sala del tribunal de alzada Emilio Elgueta, Patricia González (suplente) y el abogado integrante Enrique Pérez, ratificaron el fallo del ministro en vista Juan Eduardo Fuentes Belmar, quien determinó las siguientes sanciones:

Manuel Contreras Sepúlveda: 5 años y un día de presidio efectivo.
Miguel Krassnoff Martchentko: 3 años de presidio efectivo.
Marcelo Moren Brito: 3 años de presidio efectivo
Basclay Zapata Reyes: 800 días de presidio remitido.
Nelson Paz Bustamante: 800 días de presidio remitido.

En este caso, el tribunal de alzada elevó de $ 35.000.000 (treinta y cinco millones de pesos) a $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos) la indemnización por daño moral a los familiares de las víctimas.

En el caso de la Corte de Apelaciones de Antofagasta es la primera sentencia del tribunal de alzada en esta materia; en tanto, en el caso de la Corte de Apelaciones de Santiago esta es la  vigésima sentencias de este año y la  61  desde 2004.