Ministro Víctor Montiglio determina que general (r) Sergio Arellano Stark no irá a la cárcel
El ministro en visita Víctor Montiglio Rezzio determinó que el general (R) Sergio Arellano Stark no podrá cumplir la pena de 6 años de presidio interpuesta en el denominado Episodio San Javier del caso Caravana de la Muerte, en un recinto penal debido a su deteriorado estado de salud mental.
El magistrado determinó -de acuerdo al artículo 687 del Código de Procedimiento Penal- suspender la prisión para el condenado y entregarlo al cuidado de su familia, en particular su hijo Sergio Arellano Iturriaga con una fianza de $ 500.000 (quinientos mil pesos).
La resolución se adoptó tras recibir los informes del neurólogo Hugo Aguirre Astorga y del siquiatra forense Ítalo Sigala Romele, ambos del Servicio Médico Legal, quienes diagnosticaron que el militar en retiro presenta el siguiente diagnóstico: “En el peritaje se concluye que por la evaluación realizada es posible concluir que don Sergio Arellano Stark presenta una Demencia Mixta o Multifactorial tipo Alzheimer y Vascular, y que esta enfermedad neuropsiquiátrica, es progresiva, crónica e irreversible, determina enajenación mental, requiere de un tratamiento médico y cuidados perentorios, en régimen de hospitalización o clínicas de reposo especializadas, con asistencia médica adecuada y contención de enfermería, no reviste peligrosidad para sí o terceros, que no le permite entender ni participar de las instancias procesales y le impide incorporar nuevas conductas, rehabilitarse o comprender el sentido de su sanción”.
A ello se debe agregar la observación hecha por el propio tribunal que interrogó al general en retiro, luego de dictada la sentencia por la Corte Suprema y pudo observar que “al ser preguntado por el Tribunal respecto del tiempo y circunstancia en que ha permanecido en el Instituto da respuestas incoherentes lo que obligó al Tribunal a dejar constancia al término de la diligencia que la persona interrogada se encuentra gravemente deteriorada, en términos coincidentes a los certificados médicos que se han puesto a disposición del Tribunal”.
Por último, se interrogó a los médicos que realizaron el peritaje ordenado por el tribunal, quienes, en síntesis, respondieron que “el señor Arellano Stark presenta una demencia de tipo mixta o multifactorial -Alzheimer y vascular- de unos quince meses de evolución, que es progresiva, crónica e irreversible, que le determina enajenación mental, que lo inhabilita para comprender el sentido de su sanción y que no reviste peligrosidad para sí o terceros”.