Acuerdos de Pleno de la Corte Suprema

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Acuerdos de Pleno de la Corte Suprema

 

Reunido el Pleno de la Corte Suprema –el viernes 7 de noviembre de 2008- analizó, entre otros, los siguientes temas que pueden resultar de interés público. En esta ocasión informó de las resoluciones el presidente del máximo tribunal, magistrado Urbano Marín Vallejo, debido a la ausencia del ministro vocero Milton Juica Arancibia.

1.- Se aprobaron acuerdos pendientes de la Jornada Anual de Reflexión de la Corte Suprema que se realizó en la localidad de Santa Cruz, Región de O’Higgins.
Los acuerdos se refieren a la publicidad sobre la elaboración de quinas y ternas para nombramientos de ministros de Corte Suprema y de Cortes de Apelaciones, respectivamente. La misma publicidad se utilizará en la elaboración de nóminas para abogados integrantes.

2.- Se acordó que los ministros de Corte Suprema y Corte de Apelaciones que realicen labores docentes en la Academia Judicial sólo podrán hacerlo después del horario de audiencias en sus respectivos tribunales. El ministro Marín explicó que este acuerdo concuerda con instrucciones que emitirá la Academia Judicial en torno a limitar las horas docentes de magistrados en dicha entidad.

3.- Se prorrogó en dos meses el plazo otorgado al ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago Mario Carroza para que realice la investigación administrativa en torno a la dictación de resoluciones falsas en distintos tribunales de esa jurisdicción.

4.- Se solicitaron más antecedentes a la Universidad de Chile para incorporar la variable de género en el otorgamiento de título de abogado. El ministro Marín explicó que se requiere conocer si el plantel universitario incorpora la variable en las licencias que otorga y si otros planteles se incorporarán a esta petición.

El ministro Marín fue consultado, además, respecto de las críticas que se han hecho a la labor de los jueces y al Poder Judicial a raíz de un caso de homicidio en la comuna de Providencia. Al respecto el ministro respondió: “El tema de la delincuencia o la seguridad ciudadana alcanza a los tribunales, nosotros formamos parte del sistema que el país tiene para enfrentar la delincuencia, pero casi más importante que el castigar es prevenir y rehabilitar; y en eso el Poder Judicial no tiene injerencia. Este es un circuito amplio en que los que aparecen al final son los jueces, pero nosotros no intervenimos en la ejecución de las penas alternativas, no podemos hacerlo, ni tampoco en el cumplimientos de las sentencia por parte de Gendarmería. El hecho de hacer  recaer en un juez la responsabilidad de si una persona está o no en libertad estando procesado o imputada en un delito es también (responsabilizar) a una de las partes que intervienen en este complejo procedimiento en que hay un acusador, que es el Fiscal, un defensor y el juez que falla de acuerdo a los antecedentes que se le entregan en ese minuto”.

El presidente de la Corte Suprema también fue requerido por las peticiones de que se aplique una “mano dura” en este caso. A ello respondió: “No se trata de mano dura o mano blanda se trata de mano justa y dentro de un sistema en que un juez resuelve dentro de los antecedentes que se le dan a conocer y dentro del marco de la ley y la Constitución que regulan esta materia (…) ordinariamente todas la decisiones judiciales son revisables por otro juez y ahí se pueden corregir los errores que pueda cometer un magistrado”.