Corte Suprema ratifica multas por mala operación de equipo de energía nuclear en planta de celulosa
La Corte Suprema confirmó multas aplicadas por la Comisión Chilena de Energía Nuclear a raíz del accidente, ocurrido el 14 de diciembre de 2005, en la planta Nueva Aldea de Celulosa Arauco y Constitución (Celco), el que provocó serias lesiones a dos trabajadores.
En fallo unánime (en causa rol 4184-2008), la Tercera Sala del máximo tribunal rechazó los recursos de casación -en forma y fondo- presentados contra el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago (rol 5184-2006), el que había confirmado las siguientes sanciones:
a) La Sociedad de Inspección Técnica y Control Limitada (ITC LTDA): multa a beneficio fiscal por 2.000 UF y suspensión de todas las autorizaciones de operación otorgadas a los equipos de gammagrafía de propiedad de esa Sociedad, por un año, contado desde la fecha del accidente;
b) La Sociedad de Ingeniería e Inspección de Obras Domínguez Ferrer Limitada (SOINTEC LTDA): multa de 500 UF y suspensión de todas las autorizaciones de operación otorgadas a los equipos de gammagrafía de esa Sociedad hasta el día 31 de Julio de 2006;
c) Lautaro Domínguez Ferrer en su calidad de supervisor general y de encargado de protección radiológica a la fecha del accidente de la Sociedad de Inspección Técnica y Control Limitada, ITC Ltda.: una multa de 500 UF y suspensión por un año, contado desde la fecha del accidente, de su autorización de Operador Nº 01 105-037-044;
d) Sergio Pérez Valdés, en su calidad de operador del equipo y encargado de la instalación al momento de accidente: una multa de 100 UF y revocación definitiva, de su autorización de operador Nº 01 194-068-089;
e) Carlos Arteaga Muñoz, ayudante de operador de equipo al momento del accidente: una multa de 20 UF, y
f) Francisco Rojas Núñez, ayudante de operador al momento de producirse el accidente: una multa de 10 UF.