Juramento de Nuevos Abogados
Sesenta y tres licenciados en Ciencias Jurídicas, egresados de universidades de distintas regiones del país, juraron como abogados en ceremonia solemne efectuada en el Palacio de Tribunales el pasado viernes 21 de diciembre.
El acto fue encabezado por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Enrique Tapia Witting, efectuándose el juramento ante el Pleno de Ministros del Máximo Tribunal.
Esta fue la cuadragésima tercera ceremonia del presente año, ascendiendo a 1.950 los profesionales titulados a la fecha.
A continuación, transcribimos el discurso pronunciado en la ocasión por el Presidente Enrique Tapia.
“EL PRINCIPIO DE LA BUENA FE”
MINISTROS DE LA CORTE SUPREMA
NUEVOS ABOGADOS
SEÑORAS Y SEÑORES:
En este día en que se han reunido en el máximo Tribunal de la República para la ceremonia de investidura de nuevos abogados, deseo reflexionar con ustedes sobre el prin-cipio de la buena fe y su aplicación en el ejercicio profesional.
En primer lugar, es necesario tener en conside-ración la especial relación que tiene el abogado con su cliente. La abogacía es una especie de apostolado o sacerdocio, que cumple una función esencial para que las relaciones sociales se rijan con justicia.
Entonces el ejercicio de la abogacía debe regirse por diversos principios, entre ellos el de la buena fe, en sus diversas manifestaciones: buena fe activa, pasiva, contractual, procesal, por mencionar algunas.
La buena fe es un principio que desde la época de los ro-manos informa los ordenamientos jurídicos. En nuestra legis-lación está indicado en el artículo 707 del Código Civil, que señala que la buena fe se presume. Si bien, dicha disposición está consagrada a propósito de la posesión, ella consagra un principio de aplicación general en todo el ordenamiento jurí-dico. Así, por ejemplo, en materia procesal supone actuar en el proceso con probidad, con el sincero convencimiento de hallarse asistido de razón.
Relacionado con el principio de la buena fe está el resguardo de la fe pública por parte de auxiliares de la ad-ministración de justicia, como notarios, conservadores y ar-chiveros, y la protección que el ordenamiento jurídico le con-fiere en la legislación penal.
La buena fe supone una actitud leal del abogado, para con su cliente, las demás partes o intervinientes y, cier-tamente, para con el juez, quien es aquel llamado por la ley para dirimir los conflictos de relevancia jurídica. Al respecto, traigo a colación lo señalado por el insigne jurista Eduardo Couture en su Mandamiento del Abogado Nº 5:
“Sé leal: leal para con tu cliente, al que no debes abandonar hasta que comprendas que es indigno de ti. Leal para con el adversario, aún cuando él sea desleal contigo. Leal para con el juez que ignora los hechos y debe confiar en lo que tú dices; y que en cuanto al De-recho alguna que otra vez, debe confiar en el que tú le invocas”.
La lealtad implica el resguardo, por parte del abogado, del secreto profesional que se le ha confiado, así como una diligente substanciación de los procesos, tratando, por los medios contemplados en la legislación, que las preten-siones de su cliente sean acogidas en los estrados.
El ejercicio de la abogacía regido por principios éticos e inspirados en el principio de buena fe, ayudarán, sin duda, a dignificar nuestra profesión, teniendo en considera-ción que somos servidores de la justicia y que en nuestro ac-tuar estamos motivados por los más elevados fines a los que puede aspirar la sociedad humana.
Concluyo estas breves palabras, exhortándolos a desempeñar leal y honradamente la profesión, como reza la fórmula de juramento, deseando que pongan sus capacidades al servicio de la justicia para que así nuestro país siga rigién-dose por un Estado de Derecho, moderno y democrático.
Muchas Gracias.
Enrique Tapia Witting
Presidente Corte Suprema
NÓMINA NUEVOS ABOGADOS
Adasme Bravo, José Marcelo
Albarrán Cáceres, Cristián Gonzalo
Altamirano Altamirano, Roberto Carlos
Ampuero Valladares, José Luis
Angulo Carrasco Eliana del Carmen
Baeza Vásquez, Ivonne Solange
Bertolone Egger, Stefano Wilhelm
Bustamante Guajardo, Marilyn Elvira
Cabezas Flores, Claudia Andrea
Cademartori Meza, Marisel Andrea
Carrasco Delgado, Nicolás Ignacio Ariel
Cea Sandoval, René César
Cerda Domínguez, Gonzalo Alfonso
Contreras Muñoz, Francisco Javier
Cortés Ossandón, Raúl Alonso
Díaz González, Denisse Lorena
Díaz Astudillo, Eliana del Rosario
Eaton Silva, Carlos Mauricio
Flores Rodríguez, Emilio Reinaldo
García Ortiz, Carola Alejandra
González Sese, Francisco Javier
Herrera del Despósito, Patricio Marcelo
Hilliger Carrasco, Gabriela
Holgado Vargas, Leonardo
Humphreys Cruz, María Olivia
Izrael Olguín, Patricia Luna
Jarpa Abarca, Sergio Rodrigo
Kock San Martín, Óscar Enrique
Lechuga Guerrero, José Francisco
León Navarro, Pablo César
López Berríos, Danilo Rodrigo
Maldonado Cárcamo, Constanza Luz María
Mallol Arellano, Matías Ignacio
Manríquez León, Pablo Andrés
Monsalve Torres, Carlos Alberto
Morales Fellner, Juan Adriano
Muñoz Pacheco, Diego Alberto
Oliva Perea, Patricia del Carmen
Opazo Acevedo, Cristián Andrés
Opazo Contreras, Marcela Andrea
Pincheira Castro, Cristián Alejandro
Pizarro Sagues, Alejandra Cecilia
Planet Sepúlveda, Lucía Liliana
Riquelme Flores, Miguel Alexis
Risopatrón Lemaitre, Margarita María
Rojas Bravo, Natalia Paz
Rozas Naranjo, Tahia Carolina
Ruiz Sepúlveda, Karla Daniela
Saavedra Morales, Carolina Ivonne
Sarmiento Ramírez, Claudia Paz Victoria
Shannon Barrios, Francisco Domingo Osvaldo
Silva Tamayo, Lorena de los Ángeles
Silva Vilche, David Enrique
Sorensen Mc Kendrick, Eduardo Andrés
Sumar Uauy, Cristóbal Eduardo
Tapia Muñoz, Patricia Leopondina
Toledo Sepúlveda. Óscar Edmundo
Unda García, Juan Pablo
Uribe Espinoza, Christian Mauricio
Urrutia Aguilera, Patricia Edith
Varas Torres, Rodrigo Álvaro
Vergara Bravo, Ricardo Enrique
Yáñez Castillo, Jorge Aquiles