Corte Suprema acoge demanda presentada por sindicato de trabajadores de división El Teniente de Codelco
La Cuarta Sala de la Corte Suprema acogió la demanda presentada por el Sindicato de N° 7 de la División El Teniente en contra de su empleador (Codelco), que obliga a la empresa minera a pagar a los trabajadores (afiliados al sindicato) el periodo de tiempo que utilizan en el cambio de ropa y aseo.
“El tiempo que emplean los trabajadores representados por el sindicato demandante en el cambio de ropa y aseo, es jornada de trabajo”, establece la sentencia unánime dictada por los ministros Marcos Libedinsky, Orlando Álvarez, Urbano Marín, Patricio Valdés y la ministra Margarita Herreros.
De esta manera, los jueces establecieron que “la demandada debe pagar remuneración por ese tiempo o jornada, ascendente a 35 minutos diarios, con el recargo del 50%, en el caso que haya excedido de la jornada ordinaria o sin el, en el evento contrario, desde el 29 de junio de 2004 y siempre que así no lo haya hecho, por todo el tiempo en que se demuestre que ha sido ocupado en tales términos por los trabajadores demandantes y que no ha sido pagado”.
“Las sumas a determinarse durante la etapa de cumplimiento incidental del presente fallo, conforme a los antecedentes que deberán proporcionar los dependientes beneficiados, experimentarán los incrementos establecidos en el artículo 63 del Código del Trabajo”, concluye la sentencia.