Responsabilidad Penal Juvenil
La Corte Suprema manifestó su opinión favorable respecto del proyecto de ley recaído en el Boletín Nº 5031-07, que moderniza la Ley 20.084. Esta establece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la Ley Penal (Boletín 5031-07).
En especial, el informe se refiere a los siguientes ajustes específicos a la ley.
A.- Sanción Penal y Medidas Cautelares
Se reconoce expresamente que es aplicable en el marco de esta ley, la calificación de los ilícitos penales en crímenes, simples delitos y faltas, a los cuales, luego de utilizar dicha calificación, los rebaja en un grado, a partir del mínimo de la pena que la ley asigna al delito.
B.- Plazo Máximo de Detención
Se amplía el plazo máximo en que se deberá poner a disposición del tribunal a un adolescente infractor, de 12 a 24 horas, lo cual parece un término más prudente y que se podrá cumplir por las policías.
C.- Centros de Internación
En este aspecto se incorporan dos modificaciones:
1.- Se permite que los Centros para la Internación en Régimen Cerrado puedan ser administrados por colaboradores acreditados que hayan celebrado convenios con el Servicio Nacional de Menores, manteniendo la responsabilidad en el SENAME.
2.- Se otorga la facultad a los jueces para que, en el evento que conforme a la ley, corresponda imponer la internación en un recinto semicerrado, pueda optar entre esa sanción y la libertad asistida especial.
Concluye el informe señalando que las modificaciones que contempla el proyecto corresponden a las mínimas que la ley requiere para entrar en vigencia, de manera que no sea objeto de aplicación e interpretación contradictoria de parte de los jueces.-