Reajuste de Cuantías

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Reajuste de Cuantías

Transcribimos acta con acuerdo de Pleno, sobre la materia que indica.

A C T A Nº 17-2007

En Santiago a nueve de marzo de dos mil siete, se reunió el Tribunal Pleno bajo la Presidencia de su titular don Enrique Tapia Witting y con la asistencia de los Ministros señores Libedinsky, Gálvez, Chaigneau, Rodríguez Ariztía, Alvarez, Marín, Juica, Segura, Oyarzún, Rodríguez Espoz, Ballesteros y Muñoz, señora Herreros y señores Dolmestch, Araya, Valdés, Carreño y Pierry.

REAJUSTE DE CUANTIAS

En cumplimiento de lo que dispone el artículo 6º del Decreto Ley Nº 1417 de 1976, modificado por el Decreto Ley Nº 2416 de 1978 y haciendo uso de la facultad contenida en el inciso segundo de esa norma, se reajustan las cuantías de los asuntos determinados en pesos, de la siguiente manera:

En el inciso final del artículo 198 del Código Orgánico de Tribunales, se sustituyen los guarismos “5.000” y “3.750” por “5.200” y “3.900”, respectivamente.

Publíquese en el Diario Oficial.

Diríjase las correspondientes comunicaciones.

Para constancia se extiende la presente acta.-