Nuevos Abogados

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Nuevos Abogados

Sesenta y cinco Licenciados en Ciencias Jurídicas, egresados de universidades de distintas regiones del país, juraron como abogados en ceremonia solemne efectuada en el Palacio de Tribunales.

El acto fue encabezado por el Presidente de la Corte Suprema Enrique Tapia Witting, efectuándose el juramento ante el Pleno de Ministros del máximo Tribunal.

Esta fue la segunda ceremonia del presente año, ascendiendo a 130 los profesionales titulados a la fecha.

Cabe destacar que durante el 2006, en total 1.621 Licenciados recibieron de la Corte Suprema su título de Abogado.

Transcribimos a continuación palabras del Presidente Enrique Tapia pronunciadas en la ceremonia de juramento.

Colegas Ministros
Jóvenes Licenciados
Señoras y Señores

Reunidos en esta solemne ceremonia de juramento en el máximo Tribunal de la República, para su investidura como abogados, quisiera hacer algunas reflexiones sobre las diversas opciones de ejercicio profesional que ofrece la abogacía y la formación jurídica, y en las que podrán encontrar en importante medida, su realización personal.

Es sabido que el abogado puede desempeñarse profesionalmente en diversos ámbitos. Así afirmaba un jurista: “Hay una profesión que forma de manera tal a quienes la profesan que se abre para ellos un inmenso abanico de posibilidades para ejercer en áreas diferentes. Esa profesión es la de abogado y desde hace mucho tiempo existe una constante; en nuestro camino profesional encontramos abogados en muchas partes”.

Tradicionalmente se ha asociado la abogacía a la defensa en juicio, a la litigación judicial, o sea, a abogar por otro, de donde proviene la palabra abogado.

En este sentido, cabe recordar que su ejercicio se encuentra garantizado y reconocido en la Constitución Política de la República y definida en la legislación.

En efecto, el inciso segundo del numeral 3 del artículo 19 dispone que toda persona tiene el derecho a la defensa jurídica y nadie podrá impedir, restringir o perturbar la debida intervención del letrado si hubiere sido requerida.

Por su parte, y en este sentido, el artículo 520 del Código Orgánico de Tribunales define a los abogados como “Personas revestidas por la autoridad competente, de la facultad de defender ante los Tribunales de Justicia, los derechos de las partes litigantes”.

No está demás recordar que tal investidura no sólo le otorga al abogado un derecho o garantía para ejercer la profesión, sino además, le impone un deber ante las partes cuya defensa asume y un compromiso de responsabilidad social hacia la comunidad.

Sin perjuicio de lo anterior, el abogado también puede ejercer su profesión en otras áreas, distintas del ejercicio libre, tales como la magistratura, el arbitraje, el servicio público, el notariado, la empresa, la diplomacia, la política y la actividad académica, entre otras.

Quien les habla, no puede dejar de afirmar que el más relevante ámbito del quehacer jurídico y del ejercicio profesional de los letrados, es la administración de justicia, la función jurisdiccional. Se trata de una de una auténtica devoción de servicio público. Como señalaba el ex Presidente de esta Corte, don Pedro Silva Fernández, en su Discurso de Inauguración del Año Judicial en 1964: “La inclinación a ser juez sólo pueden sentirla quienes están dispuestos a sobrellevar los sacrificios y soportar las limitaciones que impone la augusta y delicada tarea de administrar justicia”.

Es preciso descubrir y estimular esta vocación en los abogados jóvenes, dando a conocer la fundamental misión del juez en la sociedad, especialmente, cuando se están creando tribunales en función de los nuevos procesos judiciales, penal, laboral, de familia, sin olvidar las tradicionales causas civiles, cuya adecuación también deberá venir pronto.

La investidura de árbitro, como forma alternativa de administración de justicia, cobra creciente protagonismo e importancia en la solución de los conflictos jurídicos. El letrado que lo desempeña se convierte en juez en virtud de la designación efectuada por la autoridad o por los litigantes. Debe cultivar las virtudes de la prudencia, la templanza, la sabiduría y, por supuesto, la justicia, máxime si se trata de un árbitro arbitrador, que resuelve el caso de acuerdo a lo que la prudencia y equidad le dictan.

Debe recordarse también la esencial figura de los fiscales, sin los cuales no existiría investigación criminal, ni ejercicio y mantenimiento de la acción penal y la fundamental presencia de los defensores públicos.

El servicio público es una verdadera misión que permite al profesional contribuir a crear las condiciones para la realización del bien común y el interés nacional. Los proyectos que se plantean para modernizar la Administración del Estado abren amplias perspectivas ocupacionales. En ésta, el abogado podrá descubrir un camino de perfeccionamiento profesional extraordinariamente variado y útil.

Comprende también el servicio público, la carrera diplomática, ámbito donde el abogado puede aportar su amplia formación profesional. Este servicio se presta más allá de las fronteras nacionales, procurando mantener y fortalecer las relaciones políticas, económicas y culturales con otros Estados, de acuerdo a los instrumentos jurídicos internacionales.

En un mundo caracterizado por la apertura de las economías nacionales al mercado global, impulsadas por la iniciativa privada y la voluntad contractual, el rol del abogado es esencial para la eficacia de ambas. El intercambio de bienes y servicios requiere la cooperación interdisciplinaria de ingenieros comerciales, otros profesionales de las finanzas, y los abogados, quienes aportarán su conocimiento en materia de regulación legal y contractual.

Finalmente, es preciso señalar a la docencia como otro ámbito de desarrollo del abogado; imprescindible para mantener en pie el conocimiento de la ciencia jurídica y sentar las bases de cualquier adaptación y perfeccionamiento del ordenamiento jurídico a los cambiantes escenarios y nuevos desafíos que plantea la realidad.

Los docentes transmiten a sucesivas generaciones, un conocimiento que debe actualizarse permanentemente para evitar que se fosilice. El destacado jurista uruguayo, Eduardo Couture en su Decálogo del Abogado, preceptuaba como primer mandamiento lo siguiente:

Estudia. “El Derecho se transforma constantemente. Si no sigues sus pasos serás cada día un poco menos Abogado”. He aquí, entonces, su responsabilidad y también la apasionante vocación que conlleva.

En fin, tengan presente que ninguna de las diferentes formas de ejercer esta profesión, podrá resultar eficiente, eficaz o satisfactoria, sin el constante estudio de la doctrina, la legislación y la jurisprudencia. Concluyo recordando una vez más el Decálogo del Abogado, de Eduardo Couture, cuyo segundo mandamiento reza así:

Piensa. “El derecho se aprende estudiando, pero se ejerce pensando”.

Muchas gracias

Nómina de Abogados

01.- ACEVEDO SILVA FERNAN GONZALO
02.- ALEGRIA JELDRES OSVALDO JESUS
03.- ALMARZA CARVAJAL RODRIGO JOSE
04.- ARANEDA ALCAINO JORGE LUIS
05.- ARANGUIZ HERNANDEZ PAULA ALEJANDRA
06.- BENAVENTE NADER SONIA XIMENA
07.- BITTNER SANTANDER MARIA IRIS NATALIA
08.- BRAVO SOTO FRANCISCO JAVIER
09.- CACERES BAHAMONDES PAULA ELISABETH
10.- CAMPOS CAMPOS CECILIA ROSA
11.- CAMPOS HERRERA PAOLA ALEJANDRA
12.- CARATAZOS YAMETTI HELENY SOFIA
13.- CARRASCO KIND ALEJANDRA ANDREA
14.- CATRILEO CARRASCO FRIDA EDITH
15.- CELIS ABURTO MARCELA ALEJANDRA
16.- CHACAMA GONZALEZ MARISELLA JHOANNA
17.- CONTARDO GONZALEZ JUAN IGNACIO ONOFRE
18.- CRUZ MORANDE MAGDALENA
19.- DE FEUDIS WILSON CRISTIAN ALBERTO
20.- FREDES HERNANDEZ LUIS CRISTIAN
21.- GALLARDO DUARHTT ALEX ANDRES
22.- GARRIDO ARANEDA LIDIA ELIZABETH
23.- GODOY VILLALOBOS ANTONIO
24.- GOMEZ GARCIA DANIEL ENRIQUE
25.- GONZALEZ ALTAMIRANO ROGER ALEXIS
26.- GORAB SABAT DANIELA ALEJANDRA
27.- GOUET ELORRIETA SEBASTIAN ANDRES
28.- INOSTROZA SAEZ MAURICIO ANDRES
29.- LOPEZ ROJAS FERNANDO MARCELO
30.- MARCHANT RAITTER LAURA ANDREA
31.- MARTINEZ GUTIERREZ DANIELA
32.- MARTINEZ SALINAS MARIEL ANGELICA
33.- MENA BRIONES MARCO ANTONIO
34.- MENGUAL HENRIQUEZ MARIA CONSUELO
35.- MONTI LIRA FRANCISCO
36.- MORA MENDEZ JAVIER ALEJANDRO
37.- MORALES ARANEDA CLAUDIA ANDREA
38.- MOYA CESPEDES SANDRA EVELIN
39.- MUNRO RIVANO JORGE PABLO ESTEBAN
40.- MUÑOZ CASTILLO PATRICIO MANUEL
41.- MUÑOZ LUHR CAROLINA ALEXANDRA
42.- OJEDA ALARCON GIOVANNINA ANDREA
43.- PASTEN FIGUEROA SUSANA DEL CARMEN
44.- PEÑA BENGOA MARIA CECILIA
45.- PERALTA VEGA HUGO PATRICIO
46.- PIÑA MENDEZ FELICITA ESTER
47.- REYES CORONATA PAZ MAGDALENA
48.- RODRIGUEZ ZAPATA PAULINA REBECA
49.- SANFURGO BAUER JUAN MANUEL
50.- SAEZ INFANTE EUGENIO ARTURO
51.- SCHNETTLER SABUGO CARLA ANDREA
52.- SEPULVEDA LOPEZ LUIS OSVALDO
53.- SERRANO ROSSI GISSELA PAZ
54.- SOTOMAYOR ARANEDA MARIA JOSE
55.- STEHR GESCHE FERNANDO ANDRES
56.- TABJA PEREZ FEDERICO JOSE
57.- TARRES MEYER FRANCISCO ENRIQUE
58.- VALDIVIA VILLAGRAN FRANCISCO JAVIER
59.- VEGA KITTSTEINER RICARDO ANDRES
60.- VERGARA MEDEL PAMELA DEL CARMEN
61.- VIAL VALENZUELA ROSARIO
62.- VILLEGAS HERNANDEZ PAULA ANDREA
63.- VILLEGAS VILLEGAS FRANCISCO ANDRES
64.- ZARATE PEREZ GLORIA ALEJANDRA
65.- ZEPEDA RODRIGUEZ CRISTIAN BALDEMAR