PROYECTO PARA ACELERAR TRAMITES DE EXPROPIACIONES
La Corte Suprema informó favorablemente al Senado respecto del proyecto de ley recaído en el Boletín Nº 4579-07, que modifica el decreto ley N° 2186, Orgánico Constitucional de procedimiento de expropiaciones, con las siguientes observaciones:
1.- Le aparece adecuado que se establezca que el juez puede fijar un plazo máximo de 60 días para la presentación de informes por parte de los peritos designados en la causa;
2.- No le parece conveniente que se fije un plazo máximo de 60 días para la recolección de frutos por parte del expropiado, dado que lo anterior muchas veces no depende de la voluntad humana sino de la naturaleza.
3.- Considera adecuado sustituir los plazos de días hábiles por días corridos, prorrogando eso sí el plazo que termina en día inhábil al día hábil siguiente.
4.- Considera apropiada la propuesta de que los recursos de apelación en estas causas se vean en cuenta, gocen de preferencia y aquellos que deban conocerse y fallarse previa vista de la causa, se agreguen extraordinariamente a la tabla del día siguiente, situación que también deberá regir para el recurso de casación; todo ello tiende a favorecer la celeridad necesaria para este tipo de procedimiento.