Informe sobre Objeción de Conciencia

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Informe sobre Objeción de Conciencia

El Pleno de la Corte Suprema acordó informar favorablemente a la Cámara de Diputados, acerca del proyecto de ley que introduce la objeción de conciencia como causal de exclusión del cumplimiento del Servicio Militar Obligatorio.

Dicha causal se invocaría mediante solicitud escrita presentada ante la Comisión Nacional de Reclutamiento, la cual deberá pronunciarse dentro del plazo de 30 días desde la fecha de la presentación. La resolución deberá notificarse por carta certificada al interesado, y si es negativa, podrá presentarse un recurso especial de reclamación ante el Juzgado de Letras en lo Civil. El juez fallará previo informe de la Comisión señalada y su resolución no será susceptible de recursos.

La Corte, en sus observaciones, propone señalar que la notificación por carta contenga copia íntegra de la resolución o un extracto de ella, y que se señale la fecha en que se entiende practicada. Asimismo, considera que sería conveniente establecer que, en caso de que la Comisión no se pronuncie sobre la solicitud dentro del plazo de treinta días, se considere aceptada.

Agrega como sugerencia, que la sentencia pronunciada por el Juez de Letras sobre el reclamo de que se trata, fuese apelable ante la respectiva Corte de Apelaciones.

Por último, considera necesario insistir en proposiciones ya expuestas en ocasiones anteriores -al informarse otros proyectos por esta Corte- acerca de la necesidad de proveer los recursos económicos que se requieran para encarar la nueva carga de trabajo, que en esta oportunidad, se le asigna al Poder Judicial.-