Integración de Comisiones

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Integración de Comisiones

Mediante acuerdo del Pleno de Ministros de la Corte Suprema, fue definida la integración de las comisiones asesoras con que contará el máximo tribunal. La creación de estas comisiones fue anunciada por el Presidente de la Corte Suprema en su discurso de inauguración del año judicial 2002, el 1ero. de Marzo recién pasado.

A continuación se transcribe el texto que oficializó la puesta en marcha de dichas comisiones, sus objetivos, y los Ministros integrantes de cada una de ellas.

A C T A Nº 6-2002

En Santiago a quince de marzo de dos mil dos, reunida la Corte Suprema en Tribunal Pleno, con esta fecha, bajo la presidencia de su titular y con asistencia de los Ministros Alvarez García, Libedinsky, Ortiz, Benquis, Tapia, Gálvez, Chaigneau, Rodríquez, Cury, Alvarez Hernández, Marín, Espejo, Medina, Juica, Segura y Morales, adoptó el siguiente acuerdo:

VISTOS:

La conveniencia de organizar el estudio de los asuntos que conoce esta Corte Suprema en el ejercicio de la dirección superior del Poder Judicial y de su superintendencia sobre otros tribunales de la Nación, constituyendo diversas comisiones de Ministros, con el objeto que asesoren al Tribunal Pleno en el análisis previo de las materias respectivas; y

TENIENDO PRESENTE, además, lo dispuesto en los artículo 73 de la Constitución Política de la República y 93 y 96 Nº4 del Código Orgánico de Tribunales,

SE RESUELVE:

I.- Designar las siguientes Comisiones permanentes integradas por los Ministros que en cada caso se indican, para que asesoren al Tribunal Pleno en el estudio de los asuntos relativos a la dirección superior del Poder Judicial y a la superintendencia que esta Corte debe ejercer sobre los tribunales de la Nación:

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES, Ministros señores Ortiz, Gálvez, Pérez, Yurac Segura y señorita Morales

REFORMAS JUDICIALES: Ministros señores Libedinsky, Tapia, Gálvez, Chaigneau, Alvarez Hernández, Kokich y Juica.

COMUNICACIONES Y RELACIONES: Ministros señores Alvarez García, Cury, Kokisch y Juica.

CONTROL ETICO Y DISCIPLINARIO: Presidente señor Garrido y los Ministros señores Libedinsky, Chaigneau, Rodríquez, y Marín.

CARRERA JUDICIAL, BIENESTAR Y PREVISION: Ministros señores Benquis, Alvarez Hernández, Espejo, Medina y señorita Morales.

TITULOS Y ABOGACIA: Ministros señores Jordan , Ortíz, Tapia, Cury y Segura

ASUNTOS PATRIMONIALES Y FINANCIEROS: Presidente señor Garrido y los Ministros señores Alvarez García, Benquis, Marín y Medina.

II.- La actividad de las Comisiones designados se sujetará a las siguientes disposiciones:

1.-La asignación de determinados asuntos al estudio de cada Comisión corresponderá al Presidente de la Corte, con la asistencia del Relator del Pleno, quien tendrá a su cargo el enlace y coordinación entre el Tribunal y las Comisiones. El Pleno podrá acordar pedir informe a una o más Comisiones sobre materias sometidas a su conocimiento.

Sólo se distribuirá a las Comisiones los asuntos de mayor complejidad e importancia. El Presidente o el Pleno de la Corte podrá hacer presente la urgencia en su estudio, según la naturaleza de la materia u otras circunstancias, fijando un plazo prudencial para informarlo:

2.-La presidencia permanente o accidental de cada Comisión corresponderá sucesivamente a los Ministros que la integren, de acuerdo con su antigüedad en el escalafón. La ausencia del Presidente o de un integrante no postergará el estudio del asunto, el que podrá informarse al Pleno por los Ministros que estén en funciones. El Presidente de la Corte podrá asistir a cualquier otra de las Comisiones que no integra permanentemente.

3.-Cada Comisión organizará su trabajo como lo estime conveniente, procurando una equitativa repartición del exámen de los asuntos y en su caso, de su informe al Pleno.

Salvo la Comisión de Control Etico y Disciplinario, las Comisiones podrán utilizar los servicios de los Secretarios Privados de sus integrantes y nominar a uno o más de ellos para que actúen como Secretarios. Podrán invitar a otros magistrados a sus reuniones y recabar antecedentes a cualquier tribunal u organismo, por conducto de la Presidencia de la Corte.

4.-Las Comisiones comunicarán al Relator de Pleno los asuntos que se encuentren en estado de informe, con el objeto que se incluyan en la tabla del Pleno siguiente, en que se considerará el espacio de tiempo necesario para conocerlos, siguiendo el orden de las Comisiones designadas.

Como se trata de actividades de estudio y asesoría, las opiniones que emitan los Ministros en las Comisiones y en sus informes, no los inhabilitará para intervenir en el Pleno y concurrir al acuerdo que pueda adoptar el Tribunal.

5.-Los modificaciones a la integración de las Comisiones se aprobarán mediante acuerdos del Tribunal Pleno.

Las disposiciones precedentes regirán respecto de la Comisión de Control Etico y Disciplinario, sin perjuicio de la aplicación preferente de la normativa especial que rige su funcionamiento y la reserva de sus actuaciones.

Para constancia se extiende la presente acta.-